La ayuda directa se concederá en los siguientes casos:
- Unidad familiar con uno de sus miembros víctima de violencia de género o de terrorismo
- Huérfano absoluto o en situación de acogimiento
- Premio extraordinario de rendimiento académico
- Alumnado miembro de familia acogedora
El 100% de la ayuda se entregará a los beneficiarios de ayuda directa, así como al alumnado escolarizado en una unidad de educación especial en centros ordinarios, y a aquellas familias cuya renta per cápita no supere los 5.591€.
En cuanto a las ayudas parciales (70% y 40%), además de la renta per cápita, se otorgarán siguiendo una serie de criterios de preferencia, especificados en la orden.
El plazo para solicitar estas ayudas comienza el 29 de junio y acaba el 25 de julio. En septiembre se abre un plazo extraordinario del 3 al 14, para alumnos que se matriculen por primera vez en un centro, o que hayan superado los exámenes extraordinarios de septiembre.
En el Anexo II se especifican las condiciones para las ayudas para centros de educación especial y centros CAES concertados, que recibirán directamente la ayuda en el Centro para que éste gestione la adquisición de material.